Acabamos de aterrizar en Buenos Aires, Argentina, ciudad que una vez más me recibe este año, para enfrentar mañana miércoles el inicio del proyecto de Gestión del Cambio y Usabilidad del CRM que usa nuestro cliente Banco Galicia.
Con Galicia ya trabajamos el proyecto de mejora de Usabilidad de su Intranet, y ahora nos vemos enfrentados a plantear un diagnóstico en torno del uso de GReCo como han bautizado aquí a la aplicación Siebel.
No deja de asombrarme positivamente la madurez y comprensión de este banco respecto de la dimensión humana de sus aplicaciones. Banco Galicia ha comprendido que por mucha tecnología que haya detrás, si no existen planes de comunicación, de formación, de instrucción y adiestramiento, de administración del cambio, y -evidentemente- de revisión de las funcionalidades, es poco lo que los programas o software pueden hacer por sí solos. También entienden que de poco sirven los esfuerzos y voluntadb que sus ejecutivos pueden tener sino se analizan las dimensiones de uso de sus herramientas.
Ello, pues comprenden que detrás del empleo de un CRM hay usuarios de carne y hueso que tienen necesidades puntuales de disponibilidad, servicio, contenidos, información, datos y funciones, entre otros.
San Nicolás (2900) BA – Argentina, Febrero 10 de 2008.
Estimado Sr.:
Ref: IPP 6240/07-Fiscalía San Nicolás(2900)Pcia. BA(UFI 1 en un principio, después de la feria pasó a UFI 2, desconozco los motivos aún …)
Mi consulta está orientada a saber si existe la posibilidad de lograr una investigación con referencia a un caso judicial relacionado con una empresa de esta zona (norte de la pcia de BA) “Hierro San Nicolás SA – CUIT N°: 30-70777822-5”, en dónde sus directivos vienen de una flia muy influyente y con gran poder económico. Debo dirigirme a investigaciones que no estén “infectadas” con dicha influencia para lograr llegar a la verdad, mi único objetivo.
Me atrevo a molestarlo, y pido disculpas por ello, pero dada mi situación actual me resulta complicado saber a quién dirigirme para lograr llegar a la verdad en mi caso, por la complejidad del mismo, agregando a esto, mi ignorancia en temas judiciales.
El día 06/08/2007 consulto mi Caja de Ahorro en pesos del Banco Galicia Suc. San Nicolás N° 4014214/1 117/6 y me encuentro con un débito de $ 120.31. El cuál resulta, según el contador del banco, por los gastos de un cheque rechazado de $ 7948.81 por orden de no pago. Dicho cheque fue depositado en mi cuenta el día 03/08/2007 por “autoservicio” sin mi consentimiento y sin mi conocimiento. El banco me entrega fotocopia del valor, donde descubro que es un cheque librado por un cliente de Hierro San Nicolás S.A. (mi empleador en ese momento) contra el Banco de La Nación Argentina, endosado por Guillermo F. Nozzi (DNI: 13882654 – RF N° 2028), en su carácter de Presidente de la empresa en la cual tengo 15 años de antigüedad.
Al consultar con un abogado, realizo la denuncia el 07/08/2007 en la dependencia policial correspondiente (Comisaría Primera)
Hoy es 10/02/08 y no tengo ninguna resolución, fiscalía está investigando el tema (adjunto la investigación hasta la fecha). Lo sorprendente y desconcertante es la actitud del Banco Galicia, dado que la resolución del caso estaba a su alcance de inmediato, con la presentación de la filmación solicitada por fiscalía en oficio librado 14/07/2008, video que obligatoriamente deben guardar para la protección de los usuarios (por un período de 60 días), y así obtener la identidad del verdadero depositante.
La primera respuesta al oficio fue solicitar la fecha del depósito y la del débito para poder dar la información solicitada, datos que me fueron suministrados por el mismo banco al entregarme fotocopia del cheque, y más aún, con solo consultar el detalle de mi Caja de Ahorros lograrían obtener dichos datos, con lo que evidenciaría una actitud estirar los plazos para dar la respuesta directa sobre la identidad del verdadero depositante. De todos modos fiscalía envía ese requerimiento.
Este valor “jamás” debió llegar a ventanilla por los errores que a continuación detallo:
-Cheque que carece del endoso del titular de la cuenta
-También carece del n° de cuenta que obligatoriamente debe figurar al dorso
-Cheque pago diferido con fecha de cobro 11/08/2007 (Dptdo. 03/08/2007)
Para por último responder en el informe con fecha 07/11/2007 (Adj.) los datos que fiscalía ya conoce por la denuncia efectuada por quien suscribe, el 07/08/2007, con lo cual, “NO” da respuesta a la identidad del depositante, que la justicia solicita. Tengamos en cuenta que según los directivos del banco el oficio es derivado a casa central del banco Galicia, donde el responsable de responderlo, al consultar los datos por medio del sistema, éste arroja que el depósito se realizó por “autoservicio”, con lo cual la manera inmediata de poder identificar al depositante sería mediante el video, servicio que obligatoriamente deben ofrecer según normativa del BCRA –A3390- (video que sería “borrado” a los 60 días – 03/10/2007).
Otro dato que no termina de sorprenderme es el pedido del abogado apoderado de Hierro San Nicolás SA., presentado a fiscalía el 10/10/2007,solicitando entre otras cosas el video al banco (video que para esta fecha ya no existiría por haber superado los 60 días obligatorios …) y reclama a la Comisaría Primera remita la denuncia con fecha 01/08/2007 que consiste en la “ausencia” del valor que nos compete en este caso, de la firma HSN … Denuncia que hasta ese momento no había sido presentada en fiscalía.
Todo esto me provoca una “leve sensación de desconcierto” en cuanto a la relación Bco. Galicia y Hierro San Nicolás S.A. (uno de los clientes más importantes en esta sucursal), y sus directivos pertenecientes a una flia muy influyente en la zona y de mucho poder económico. También me ha provocado un gran perjuicio tanto en lo económico como en lo “anímico” (estoy bajo tratamiento psiquiátrico desde el 2005 y psicológico desde hace cerca de 2 años …)
Mi única pretensión es lograr demostrar a la ciudadanía que en este país la “justicia” es independiente al poder económico, justicia en la que deseo confiar plenamente, y proteger así a eventuales usuarios de cuentas bancarias para que en un futuro no sean víctimas de acciones similares … solo deseo llegar a “LA VERDAD” …
Muchas Gracias
Gabriel Osvaldo Pese Lanza
DNI: 16.595.294
CUIL: 20-16595294-5
Fecha Nac.: 24/02/1964
Maipú 174 – 2900 – San Nicolás (BA)-Arg-
Fijo: 054-03461-452516
Móvil: 054-03461-15526660
PD: Necesito por el bien común, que esta causa llegue a su fin, con la investigación correspondiente y nunca se “archive”, ya que quiero confiar plenamente en una justicia independiente, entendiendo sí que se trata de un caso menor dentro del marco de fiscalía, pero que provocó en mi núcleo familiar el “mayor” de los daños, sobre todo el psicológico, llevándome a mi personalmente a caer en una gran depresión …
Muchas Gracias
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